¿Tienes un comercio de barrio y no sabes cómo te va a afectar la futura normativa Verifactu? Te explicamos a quién obliga, desde cuándo y qué hacer para llegar a tiempo sin agobios.
Carmen lleva dieciocho años detrás del mostrador de su tienda de comestibles de barrio. Conoce a sus clientes por el nombre, sabe quién paga a final de mes y quién se lleva el pan fiado hasta el viernes. Lo que no sabe es qué es eso de Verifactu que lleva semanas oyendo. Se lo nombró el comercial de las bebidas. Lo soltó su cuñado en la comida del domingo. Y esta mañana lo ha escuchado en la radio mientras abría la persiana.
Lo que ha entendido, más o menos, es que tiene algo que ver con Hacienda, con las facturas y con una fecha que se acerca. Y que, si no hace algo, puede tener un problema.
Si te suena esta historia, este artículo es para ti. Vamos a explicarte qué es Verifactu de verdad, si afecta a una tienda como la tuya, qué cambia respecto a cómo cobras ahora y qué pasa si lo dejas para el último momento. Sin tecnicismos y sin meterte miedo.
Empecemos por quitarte un peso de encima: Verifactu no es un impuesto nuevo. No cambia el IVA que cobras, no cambia lo que pagas a final de trimestre y no te obliga a tributar de otra manera.
Verifactu es una norma que regula cómo tienen que funcionar los programas con los que se emiten facturas. Nace de la Ley Antifraude (Ley 11/2021) y se concreta en el Real Decreto 1007/2023. Dicho en cristiano: Hacienda quiere que el programa o la caja con la que haces tus tickets sea seguro, no se pueda manipular y deje un rastro de cada venta.
¿Por qué? Porque hasta ahora existían programas que permitían vender sin dejar registro o borrar tickets a final del día. A eso se le llama software de doble uso, y es justo lo que esta norma quiere terminar.
Para que lo veas claro, con Verifactu cada factura o ticket que salga de un programa lleva tres cosas nuevas: un identificador único que no se puede repetir, una especie de huella digital que lo enlaza con la venta anterior y un código QR que tu cliente puede escanear para comprobar que esa venta está registrada.
Eso es Verifactu. Ni más ni menos. No es una app que tengas que descargarte ni un trámite que tengas que presentar. Es una exigencia técnica sobre la herramienta con la que cobras.
Aquí viene la pregunta del millón. Y la respuesta honesta es: depende de cómo cobres, pero lo más probable es que sí.
La clave está en una palabra. Si usas un sistema informático para hacer tus tickets, te afecta. Da igual que sea una caja registradora, un datáfono que imprime el comprobante, un programa en el ordenador o una app en el móvil. Si la máquina que tienes en el mostrador genera el ticket, para Hacienda eso es un sistema informático de facturación, y entra dentro de Verifactu.
¿Y si haces las facturas a mano, con un talonario de toda la vida? Entonces, en principio, quedas fuera. La norma habla de quien factura con un programa o un dispositivo. Quien lo hace todo en papel, sin ninguna máquina, no está obligado. El problema es que casi ninguna tienda funciona ya así.
Hay un caso que genera muchas dudas y conviene aclarar: el recargo de equivalencia. Es el régimen de IVA que se aplica a la mayoría de comercios minoristas que venden al público, por el que tú no presentas el IVA de tus ventas porque ya lo pagaste a tu proveedor al comprar la mercancía. Mucha gente cree que estar en recargo de equivalencia te libra de Verifactu. No es exactamente así.
Según la Agencia Tributaria, un comercio en recargo de equivalencia que vende a consumidores finales suele estar dispensado de emitir factura. Si de verdad no emites ninguna factura ni ticket con un programa, no te aplica. Pero en cuanto usas una caja o un datáfono para dar el comprobante, o en cuanto un cliente te pide una factura y se la haces con un software, ese sistema sí tiene que cumplir Verifactu.
Resumiendo para tu caso: si en tu tienda hay una caja o un datáfono que imprime tickets, prepárate, porque te toca.
Sí, y sobre todo cambia la fecha. Aquí es donde más confusión hay, porque los plazos se han movido más de una vez.
La obligación de Verifactu llega en dos momentos distintos según cómo esté constituido tu negocio. Esto lo fija el Real Decreto-ley 15/2025, que en diciembre de 2025 amplió un año los plazos que había antes.
Si tu tienda es una sociedad, una SL por ejemplo, que tributa por el Impuesto sobre Sociedades (el impuesto que pagan las empresas sobre sus beneficios), tu fecha límite es el 1 de enero de 2027.
Si tu tienda eres tú como autónoma, es decir, tributas por el IRPF (el impuesto sobre la renta de las personas físicas), tu fecha límite es el 1 de julio de 2027. Lo mismo se aplica a comunidades de bienes y al resto de obligados.
Fíjate en un detalle importante: no hay excepción por tamaño. Que tengas una tienda pequeña, sin empleados y de barrio no te deja fuera. La norma mira cómo facturas, no cuánto facturas.
Y 2026, el año en el que estamos, es un periodo de transición. Puedes empezar a usar un sistema preparado de forma voluntaria para ir probando, pero la obligación de verdad llega en esas dos fechas de 2027.
Para que lo veas en concreto, comparemos tu día a día de ahora con el de después.
Hoy, cuando haces una venta, tu caja imprime un ticket y ahí se acaba todo. Si te equivocas, lo rompes y haces otro. Si al final del día algo no cuadra, lo ajustas. Nadie lleva un registro de cada uno de esos pasos.
Con Verifactu, eso cambia en varios puntos.
Primero, cada ticket llevará impreso un código QR. Sí, también los tickets, no solo las facturas grandes. La Agencia Tributaria ha confirmado que las facturas simplificadas, que es el nombre oficial de lo que todos llamamos tickets, también entran en la norma y deben llevar ese QR.
Segundo, no vas a poder borrar una venta sin dejar rastro. Si te equivocas en un ticket, ya no se rompe y a otra cosa. Tendrás que hacer una factura rectificativa, y el sistema guardará que ha habido una corrección. Esa es justo la idea: que nada se pueda manipular.
Tercero, tendrás que conservar esos registros en formato digital. El papel del ticket se borra con el tiempo, cualquiera que haya buscado un ticket viejo en un cajón lo sabe. Con Verifactu, lo que cuenta es el registro digital que guarda el sistema.
En el fondo, el cambio se resume en una frase: tu forma de cobrar es la misma, pero la máquina con la que cobras tiene que ser más seria.
Vamos con la parte que más preocupa, pero te la cuento sin dramatizar.
Usar un programa que no cumpla la norma a partir de tu fecha límite puede acarrear sanciones. La Ley General Tributaria, en su artículo 201 bis, contempla multas de hasta 50.000 euros por cada año en el que uses un sistema no homologado. Para el fabricante del programa que no cumpla, la multa puede llegar hasta 150.000 euros.
Ahora, dos matices importantes para que no te agobies más de la cuenta.
El primero: esas sanciones se aplican desde la fecha en la que la obligación entra en vigor para ti, no antes. Si eres autónoma, hasta el 1 de julio de 2027 no hay infracción por este motivo. No te pueden multar de forma retroactiva por lo que hagas hoy.
El segundo: la mayoría de problemas no vienen de la multa directa, sino de quedarte con un sistema que emite tickets que ya no son válidos. Si tu caja sigue sin estar preparada después de tu fecha, cada venta que hagas con ella está mal documentada. Y eso sí puede darte un disgusto en cualquier revisión.
Hay además un efecto nuevo del que se habla poco. Como tus clientes podrán escanear el QR para comprobar que la venta está registrada, un ticket sin QR a partir de la fecha llamará la atención. El cliente se convierte, sin pretenderlo, en un control más.
La conclusión es sencilla: no se trata de correr asustada, se trata de no dejarlo para el último mes.
La buena noticia es que tienes margen y que los pasos son pocos. Te los ordeno de más a menos urgente.
Lo primero, habla con quien te dio la caja o el datáfono. Pregúntale directamente si ese sistema va a estar adaptado a Verifactu y, sobre todo, que te lo confirme por escrito. Las empresas serias ya están actualizando sus equipos. Si la respuesta es vaga o no te contestan, mala señal.
Lo segundo, aprovecha 2026 para cambiar con calma si tu sistema no va a cumplir. Migrar ahora, con tranquilidad y poco lío de facturas, es mucho mejor que hacerlo a la carrera en el último trimestre antes de la fecha, cuando todo el mundo intente lo mismo a la vez.
Lo tercero, no confundas Verifactu con la factura electrónica obligatoria entre empresas. Son dos cosas distintas. Verifactu va de cómo funciona tu programa de facturación. La factura electrónica entre empresas, que viene de la Ley Crea y Crece, va del formato en el que envías las facturas a otras empresas. Te lo decimos para que, si oyes las dos cosas, no te vuelvas loca pensando que son lo mismo.
Y lo cuarto, apóyate en tu gestoría. Es quien mejor conoce tu caso concreto y quien te va a decir qué fecha te aplica y qué necesitas exactamente. Tu gestor está de tu lado en esto.
Llegados a este punto, lo lógico es que pienses: vale, lo he entendido, pero yo lo que quiero es seguir cobrando y que el lío del registro, el QR y todo lo demás se resuelva solo.
Eso es exactamente lo que hace Paykit.
Paykit es un datáfono con su propio software de facturación, ya preparado para cumplir con Verifactu. Cuando cobras una venta, registras el importe y la forma de pago en el terminal. El sistema genera la factura simplificada de esa venta, con su código QR y su registro, y la envía automáticamente a tu gestoría, ya en orden.
Tú no cambias nada de cómo trabajas. Sigues cobrando como siempre y atendiendo a tus clientes como siempre. La diferencia es que el ticket que entregas ya cumple la norma y que tu gestoría recibe cada venta sin que tengas que mandar nada ni guardar papeles en un cajón.
Y lo hace sin cambiar de banco. Funciona junto al banco que ya tienes, no te obliga a moverte de tu entidad.
Cuando llegue tu fecha, en enero o en julio de 2027, no tendrás que correr a adaptar nada. Ya estará hecho.
→ Descubre cómo funciona el datáfono de Paykit
Este artículo tiene carácter informativo y se basa en la normativa española vigente a fecha de junio de 2026: Ley 11/2021, Real Decreto 1007/2023, Orden HAC/1177/2024, Real Decreto-ley 15/2025 y artículo 201 bis de la Ley General Tributaria. Los plazos y requisitos de Verifactu han cambiado en el pasado y pueden volver a ajustarse. Las circunstancias de cada negocio son distintas. Consulta con tu gestor o asesor fiscal para saber exactamente qué te aplica.